What types of sanctions can be imposed for campaign finance infractions?

Ecuador

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Answer
  • Fines
  • Cancellation of candidate/party registration for election
  • Suspension of the political party from the national registry of political organizations for the next electoral period.
Source

Ley orgánica electoral,código de la democracia de 27 de Abril del 2009

 

Art. 282:

Las violaciones de las normasConstitucionales y legales referidas al uso de los recursos y lainfraestructura estatal as? como la publicidad gubernamental en todos losniveles de gobierno para la campa?a electoral ser?n juzgados por el TribunalContencioso Electoral, con el procedimiento que se?ala esta Ley. Deestablecerse la violaci?n en la propia Audiencia Oral de Prueba y Juzgamiento,se ordenar? la suspensi?n de las acciones u omisiones violatorias; y, sesancionar? seg?n la gravedad de la infracci?n, con multa de entre el 10% al 30%del monto del gasto electoral m?ximo establecido para cada dignidad. Eldesacato a la orden de suspensi?n o la reincidencia se sancionar? con la anulaci?n de la candidatura delinfractor o de los auspiciados por la organizaci?n política responsable.

En el juzgamiento de estas infracciones no seadmitir? fuero alguno. Lacompetencia plena la tendr? el Tribunal Contencioso Electoral.”

 

Art. 293:

“La persona aportante que exceda el monto de gastoelectoral se?alado por esta Ley, deber? pagar una multa equivalente al doble del exceso del aporte en que hayaincurrido. Igual sanci?n se impondr? a las organizaciones políticas oresponsables econ?micos que recepten dichos aportes.

 

Art. 294:

Los sujetos políticos, los responsablesecon?micos o procuradores comunes que incurran en gastos electorales quesobrepasen los montos m?ximos permitidos en esta Ley, ser?n personalmenteresponsables de pagar una multaequivalente al doble del total de los gastos realizados en exceso. 

Si el exceso supera el treinta por ciento deltotal permitido, la multa ser? equivalente al cu?druple del total de los gastoselectorales efectuados en exceso.”

 

Art. 301:

“Si las organizaciones políticas se niegan apresentar sus cuentas de campa?a ser?n suspendidasdel registro nacional de organizaciones políticas por un per?odo electoral.Si reiteran en la negativa para el siguiente proceso de elecci?n en el queest?n habilitadas para participar, ser?n eliminadas de forma definitiva de dichoregistro.”

 

Source: http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=35394757

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