What remedies are available in the first instance?
Mexico
- Annulment of results / Cancellation of elections
- Partial annulment of results / Partial cancellation of elections
- Correction of the results
- Revoke an elected candidate s official certificate (constancia) and give it to whomever results the winner
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en MateriaElectoral (published 1996-11-22, last amended 2014-05-23), http://portal.te.gob.mx/legislacion-jurisprudencia/catalogo/2015-ley-general-del-sistema-de-medios-de-impugnac
English version (not updated): http://www.trife.gob.mx/en/consultations/law-means-impugnment
Artículo 56
1. Las sentencias que resuelvan el fondo de los juicios deinconformidad podr?n tener los efectos siguientes:
a) Confirmar el acto impugnado;
b) Declarar la nulidad de la votaci?n emitida en una o variascasillas para la elecci?n presidencial cuando se den los supuestos previstos enel T?tulo Sexto de este Libro y modificar, en consecuencia, el acta de c?mputodistrital respectiva;
c) Declarar la nulidad de la votaci?n emitida en una o variascasillas cuando se den los supuestos previstos en el T?tulo Sexto de este Libroy modificar, en consecuencia, las actas de c?mputo distrital y de entidad federativade las elecciones de diputados y senadores, seg?n corresponda;
d) Revocar la constancia expedida en favor de una f?rmula ocandidato a diputado o senador; otorgarla al candidato o f?rmula de candidatosque resulte ganadora como resultado de la anulaci?n de la votaci?n emitida enuna o varias casillas en uno o, en su caso, de varios distritos; y modificar,en consecuencia, las actas de c?mputo distrital y de entidad federativarespectivas, seg?n la elecci?n que corresponda;
e) Declarar la nulidad de la elecci?n de diputados o senadores y,en consecuencia, revocar las constancias expedidas cuando se den los supuestosprevistos en el T?tulo Sexto de este Libro;
f) Revocar la determinaci?n sobre la declaraci?n de validez uotorgamiento de constancias de mayor?a y validez o de asignaci?n de primeraminor?a en las elecciones de diputados y senadores, seg?n corresponda;
g) Hacer la correcci?n de los c?mputos distritales, de entidadfederativa o nacional cuando sean impugnados por error aritm?tico, y
h)Declarar la nulidad de la elecci?n presidencial cuando se actualicen lossupuestos previstos en el T?tulo Sexto de este Libro.