3. Is there a ban on corporate donations to political parties?
Dominican Republic
Artículo 47.- Fuentes de Ingresos.
Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas. Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas.
Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones.