14. Is there a limit on the amount a donor can contribute to a political party during a non-election specific period?
Argentina
ARTÍCULO 16. — "Montos máximos. Los partidos políticos no podrán recibir por año calendario donaciones de: a) una persona jurídica, superiores al monto equivalente al uno por ciento (1%) del total de gastos permitidos; b) una persona física, superiores al monto equivalente al dos por ciento (2%) del total de gastos permitidos. […]" (Source: Ley de Financiamiento de los partidos políticos, Ley 26.215, December 2009 (Financing Law))