48. Do political parties have to report on their election campaign finances?

Dominican Republic

Dominican Republic

Answer
Yes
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Artículo 45. Efectos del Reconocimiento. Actos de Carácter Político.

A más tardar sesenta (60) días antes de la fecha de cualquier elección, cada partido deberá presentar a la Junta Central Electoral una relación pormenorizada de sus ingresos y gastos, desde las últimas elecciones. La Junta tendrá facultad para disponer el examen de los documentos relativos a los ingresos y gastos por intermedio de auditores designados por ella. La Junta podrá disponer, según lo justifiquen a su juicio las circunstancias y el interés público, que este examen se verifique a expensas del Estado. A más tardar tres (3) meses después de cada elección ordinaria, los partidos enviarán a la Junta Central Electoral informes pormenorizados de sus ingresos y egresos, con el objeto de establecer que sus fondos no provienen de fuentes que la ley prohíba y que han sido invertidos en actos lícitos de organización, proselitismo y propaganda.

Source: Ley Electoral 275-97 y sus Modificaciones.

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Parties shall submit a detailed report of their incomes and expenses before and after an election.

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