Requirement to hold a hearing
Colombia
Constitution (1991-07-20) (Lastly amended 2012-07-31)
ARTICULO 265. El ConsejoNacional Electoral regular?, inspeccionar?, vigilar? y controlar? toda laactividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupossignificativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos ycandidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que aellos corresponden, y gozar? de autonom?a presupuestal y administrativa. Tendr?las siguientes atribuciones especiales:
…
4. Adem?s, de oficio, o porsolicitud, revisar escrutinios y los documentos electorales concernientes acualquiera de las etapas del proceso administrativo de elecci?n con el objetode que se garantice la verdad de los resultados.
ElectoralCode (1986-08-10) (Lastly amended 2008)
http://aceproject.org/ero-en/regions/americas/CO/colombia-decreto-2241-de-1986-codigo-electoral/view
ARTICULO 14. Los actos que dicte el Consejo Nacional Electoral enejercicio de la atribuci?n 8?. del art?culo l2 se denominar?n
'Acuerdos', ir?n numerados y fechados, ser?n debidamentemotivados y despu?s de votada legalmente la decisi?n no podr? modificarse orevocarse.
El Consejo Nacional Electoral antes de resolver en ejercicio de dichaatribuci?n, podr? solicitar de urgencia al funcionario correspondiente laprueba documental p?blica que eche de menos para que sus decisiones sean justasy acertadas como las sentencias judiciales.
El Consejo antes de resolver oir? a las partes en audiencia p?blica parala sustentaci?n de sus recursos y ?stas podr?n dejar un resumen escrito de susintervenciones. O?das las partes, el Consejo convocar? a audiencia p?blica paranotificar en estrados su Acuerdo una vez que haya sido discutido y aprobado enaudiencias privadas por sus miembros.