Maximum adjudication time for the full EDR process (days)
Paraguay
Ley 635/95 del 22 de agosto de 1995 que reglamenta laJusticia Electoral
Art. 15:
“A los Tribunales Electorales les compete:
d) Efectuar el c?mputo provisorio de laselecciones, elevando al TribunalSuperior de Justicia Electoral los resultados, para su c?mputo definitivo yjuzgamiento. En los comicios municipales los Tribunales Electoralesefectuar?n el c?mputo en ?nica instancia y la proclamaci?n de los candidatoselectos;.”
Art. 6:
“Son deberes y atribuciones del TribunalSuperior de Justicia Electoral :
c. Entender en los recursos de apelaci?n, nulidad y queja por apelaci?n denegada oretardo de justicia, interpuestos contra las decisiones de los TribunalesElectorales en los casos contemplados en la Ley;
j. Efectuar el c?mputo y juzgamiento definitivo de las elecciones y consultaspopulares, as? como la proclamaci?n de quienes resulten electos, salvo en loscomicios municipales;
k. Declarar,en ?ltima instancia y por v?a de apelaci?n, la nulidad de las elecciones anivel departamental o distrital, as? como de las consultas populares;
l. Declarar,a petici?n de parte y en instancia ?nica, la nulidad de las elecciones yconsultas populares a nivel nacional;”
Art. 49:
“En los casos en que la acci?n versare sobrela impugnaci?n de candidaturas o la nulidadde elecciones, o que por la naturaleza de la cuesti?n resultare evidenteque deba tramitarse de modo urgente y siempre que no se halle previsto unprocedimiento propio, se aplicar?n las reglas del proceso de conocimientosumario previsto en el código procesal c?vico, con las siguientesmodificaciones:
a) la acci?n deber? ser deducida dentro de los cinco d?as a partir de lafecha de notificaci?n del acto impugnado;
c) El plazo para contestar la demanda o lareconvenci?n ser? de tres d?as;
h) Contestada la demanda o la reconvenci?n seproducir?n las pruebas ofrecidas por las partes, a cuyo efecto el tribunalfijara audiencia dentro de los cinco d?asy dictar? las providencias necesarias para la recepciones de todas ellas enesa oportunidad;
k) El plazo para dictar sentencias ser? de cinco d?as, y para dictar autosinterlocutorios, de 48 horas.”
Source: http://www.tsje.gov.py/legislacion/635.htm
Ley No 834/96 del 17 de abril de 1996 que establece elCódigo Electoral Paraguayo, con las modificaciones aportadas por la Ley No4.743/12
Art. 230:
“ Finalmente, el presidente de mesa proceder?a hacer entrega a la Junta C?vica, previa introducci?n en un sobre de papelmadera y otro de pl?stico, del expediente electoral que contendr?:
a) Los padrones de electores utilizados en lamesa;
b) El acta de constituci?n de la mesa(apertura de la votaci?n), a la que se anexar?n todas las reclamaciones que sehubieren deducido;
c) Las actas de toda incidencia que hubiereocurrido durante la votaci?n; y,
d) Elacta de escrutinio a la que se anexar?n todos los reclamos y objeciones que sehubieran presentado.”
Art. 237:
“Concluido el escrutinio, el TribunalElectoral establecer?:
a) El c?mputo provisorio o definitivo seg?nel caso del distrito electoral, consignando el n?mero de votos v?lidos, nulos yen blanco, as? como las decisionesadoptadas por las autoridades de mesa;”