Maximum adjudication time for the full EDR process (days)

Guatemala

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Answer
6 days for the action for annulment; 8 days for the petition for revision
Source

LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POL?TICOS. Decretada el 3 dediciembre de 1985

 

Art. 209:

“El Tribunal Supremo Electoral resolver? en?nica instancia la elecci?n presidencial, las de diputados al Congreso de la Repúblicao a la Asamblea Nacional Constituyente, Parlamento Centroamericano y consultaspopulares, dictando una sola resoluci?n para la primera, seg?n se defina en primerao segunda ronda, y una para cada elecci?n de diputados, sean distritales o porlista nacional. Las consultas populares se definir?n en una sola resoluci?n.

Las resoluciones se pronunciar?n en primert?rmino, sobre las nulidades de votaciones alegadas y que se observen de oficioen las juntas receptoras de votos, y las que se declare procedentes causar?n sueliminaci?n en el c?mputo. Luego, la resoluci?n declarar? la validez de laelecci?n conforme a la depuraci?n de resultados que se establezca. Resuelta lavalidez de la elecci?n o consulta popular, el Tribunal Supremo Electoral formular?la correspondiente declaratoria a favor de quienes hayan resultado electos osobre el resultado mayoritario de la consulta. Las elecciones de corporacionesmunicipales ser?n calificadas o resueltas, debiendo dictarse una resoluci?n porcada municipio, la cual resolver? la validez de la elecci?n conforme a ladepuraci?n del resultado que se establezca por las n?minas de ciudadanos electos.

Las resoluciones que se dicten podr?n impugnarse conformelos art?culos 246 y 247 de esta ley, por cualquiera de los partidos políticos ocomit?s c?vicos que hayan participado en la elecci?n.”

 

Art. 246:

“Contratodo acto y resoluci?n del proceso electoral procede el recurso de nulidad,el cual debe ser interpuesto dentro de lostres d?as h?biles siguientes a la ?ltima notificaci?n ante la autoridad quela haya motivado y ser? resuelto por el Tribunal Supremo Electoral, dentro del plazo de tres d?as luego de ser recibido.”

 

Art. 247:

“Contralas resoluciones del Tribunal Supremo Electoral procede el recurso de revisi?n,el cual deber? interponerse ante el mismo dentro de los tres d?as h?biles siguientes a la notificaci?n que se haga alafectado, y ser? resuelto dentro del plazode tres d?as siguientes al de su presentaci?n, el que podr? ampliarse, si fuerenecesario, en dos d?as m?s, a efectode poder recabar cualquier clase de pruebas pertinentes.”

 

Art. 249:

“El TribunalSupremo Electoral es el ?rgano competente para conocer y resolver los recursos de nulidad y derevisi?n.”

 

Source: http://tse.org.gt/descargas/Ley_Electoral_y_de_Partidos_Politicos.pdf
Comment
Theelectoral law does not specify the timeline within which the complaint shouldbe processed by the Supreme Electoral Tribunal at first instance. An action forannulment should be submitted within three (3) days from the notification ofthe first instance decision and shall be adjudicated in three (3) days maximum.A petition for revision should be filed within three (3) days from thenotification of the first instance decision and shall be adjudicated in three(3) days. If necessary, the adjudication period can be extended for two (2)more days.
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