First instance body dealing with electoral disputes

Dominican Republic

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Answer
Election Tribunal/Court
Source

Ley Electoral 275-97 del 9 de diciembre de 1997 y susreformas

 

Art. 73:

“La junta electoral a la cual haya sido sometidauna propuesta de candidatos deber? reunirse dentro de los cinco (5) d?as quesigan a su presentaci?n y declarada admitida, cuando compruebe que se ajusta atodas las disposiciones pertinentes de la Constitución y de las leyes. En casocontrario, la rechazar?.

La resoluci?n que intervenga deber? ser comunicadaal organismo directivo de la agrupaci?n o partido que hubiere presentado lapropuesta, as? como a los organismos directivos de los dem?s partidos quehubiesen propuestos candidatos dentro de las veinticuatro horas siguientes a laresoluci?n de aceptaci?n o rechazo. Cuando dicha junta no decida dentro delindicado plazo de cinco (5) d?as, el secretario estar? obligado a remitirinmediatamente, a la Junta Central Electoral, al vencimiento del expresadoplazo, una n?mina certificada de las candidaturas y toda la documentaci?n de lapropuesta, a fin de comprobar si re?ne las condiciones establecidas por laConstitución y las leyes, sin lo cual ser? rechazada.”

 

Source : http://www.transparencia.jce.gob.do/default.aspx?tabid=237&xsfid=160&fid=160

 

Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, N?m. 29-11del 18 de enero de 2011

 

Art. 13:

“El TribunalSuperior Electoral tiene las siguientes atribuciones en instancia ?nica:

1. Conocer de los recursos de apelaci?n a lasdecisiones adoptadas por las Juntas Electorales, conforme lo dispuesto por lapresente ley;”

 

Art. 17:

“Las decisiones contenciosas de las JuntasElectorales ser?n recurridas por la parte interesada ante el Tribunal Superior Electoral, conforme a la presente ley yel reglamento dictado por ?ste a tal efecto.”

 

Source: http://www.comisionadodejusticia.gob.do/phocadownload/Actualizaciones/DESCARGAS/LEYES/ley%20no%2029-11%20organica%20del%20tribulnal%20electoral.pdf
Comment
Thecandidate lists shall be submitted to the Electoral Boards which shall admit orreject it within five days. This decision can be challenged before the SuperiorElectoral Tribunal.
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