How is the national electoral register created?
Ecuador
Organic Electoral Law, Code of Democracy (last amended in 2014)
Título Primero, Capítulo Séptimo, Sección Primera, Artículo 78: El registro electoral es el listado de personas mayores de dieciséis años, habilitadas para votar en cada elección, es elaborado por el Consejo Nacional Electoral con base en la información que obligatoriamente remitirá el Registro Civil o la entidad encargada de la administración del registro de las personas; se complementará con la inscripción que voluntariamente realicen las y los extranjeros residentes en el país, mayores de dieciséis años para poder ejercer su derecho al sufragio. El Consejo Nacional Electoral será el responsable de organizar y elaborar el registro electoral de los ecuatorianos domiciliados en el exterior, en coordinación con los organismos pertinentes. Los padrones electorales constituyen el segmento del registro nacional electoral utilizado para cada junta receptora del voto; el Consejo Nacional determinará el número de electores que constará en cada padrón electoral…
The National Electoral Council develops the Electoral Register based on the information that the Civil Registry is obligated to provide it. Electoral rolls are created for each polling station by the Council, which determines the number of voters that will be apportioned to each station and roll (see Título Primero, Capítulo Séptimo, Sección Primera, Artículo 78 of the Code of Democracy). If a voter finds that they are missing from the rolls, or their information is incorrect, they can complete a form and submit it to their provincial delegation of the National Electoral Council for the appropriate changes.