How technology is used in relation to paper voter lists?

Paraguay

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Answer
Not applicable
Source

Código electoral, Ley No 834 (1996)

Art. 98 La c?dula de identidad ser? el ?nico documento v?lido para la identificaci?n del elector, tanto para su inscripci?n en el Registro C?vico Permanente, como para la emisi?n del voto. La misma, vigente o de fecha vencida, ser? utilizada como documento electoral de modo permanente, sin perjuicio de la normativa policial al respecto. Su expedici?n a los fines electorales por ?nica vez ser? gratuita, luego ser? a precio de costo, el que ser? determinado por el Ministerio del Interior y el Tribunal Superior de Justicia Electoral.

Art. 208 La identificaci?n del elector y el derecho a votar se acredita con la c?dula de identidad, la que ser? entregada al turno de votar.

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