Electoral system for the president
Dominican Republic
Electoral Law (No 275-97), 1997 (last amended 2005)
Artículo 162.
En la determinación de los candidatos elegidos se aplicarán los sistemas de mayoría absoluta y mayoría simple.
a) El sistema de mayoría absoluta es aplicable tan sólo a las elecciones de presidente y vicepresidente de la República. Se entiende por mayoría absoluta, más de la mitad de los votos válidos emitidos en las elecciones. Si en la primera elección ninguna de las dos candidaturas alcanzare la mayoría absoluta, la Junta Central Electoral organizará una segunda elección, la cual será celebrada cuarenta y cinco (45) días después, a contar de la fecha en que se celebre la primera, o sea, el treinta (30) de junio del año correspondiente.
En la segunda elección no se admitirán modificaciones de alianza o coaliciones ni se aceptarán nuevos pactos, participarán únicamente las dos candidaturas que obtuvieren mayor número de votos válidos en la primera elección.
Si una de las candidaturas con derecho a participar en la segunda elección retira su participación en ésta, se declarará ganadora la otra candidatura, sin necesidad de realizar la segunda elección.
b) Con el sistema de mayoría simple, aplicable a las elecciones congresionales y municipales, obtendrá la elección en su totalidad la candidatura que haya obtenido el mayor número de votos válidos.
Presidential Elections were carried out in 2008 and 2012.