12. Is there a ban on donations from corporations with partial government ownership to candidates?
Guatemala
ARTICULO 14. "Restricción de aportaciones. Ningún organismo, entidad o dependencia del Estado y municipalidades, ni sus empresas, podrán efectuar aportes, dinerarios o no dinerarios, fuera de lo que establece la Ley, a favor de organizaciones políticas. […]" [Ley electoral] ARTICULO 21. "Del financiamiento de las organizaciones políticas y campañas electorales. […] b) Las contribuciones a favor de candidatos a cargos de elección popular deberán canalizarse por medio de las respectivas organizaciones políticas. Dichas contribuciones en ningún caso podrán ser anónimas. […]" (Source: (Reglamento de Control, Fiscalización del Financiamiento Público y Privado, de las Actividades Permanentes y de Campaña Electoral de las Organizaciones Políticas, Acuerdo No. 019-2007 (Political Organizations Financing Law)) )
Contributions to candidates have to be channeled through their political orgainzations and can not be given directly to the candidate.