Last instance body dealing with electoral disputes
Nicaragua
Constitución política de la República de Nicaragua Aprobada el 21 de Enerode 1948 con reformas incorporadas
Art. 173:
“El ConsejoSupremo Electoral tiene las siguientes atribuciones:
5) Conocer y resolver en ?ltima instancia de las resoluciones que dicten los organismoselectorales subordinados y de las reclamaciones e impugnaciones que presentenlos partidos políticos.
De las resoluciones del Consejo Supremo en materia electoral no habr?recurso alguno ordinario ni extraordinario.”