First instance body dealing with electoral disputes
Paraguay
Ley No 834/96 del 17 de abril de 1996 que establece elCódigo Electoral Paraguayo, con las modificaciones aportadas por la Ley No4.743/12
Art. 165:
“Las tachas e impugnaciones de candidaturasdeber?n presentarse dentro del plazo establecido en el art?culo 159 de esteCódigo. Dentro de ese lapso los partidos, movimientos políticos y alianzaspueden tachar a un candidato por carecer del derecho de sufragio pasivo o impugnar los procedimientos de suinscripci?n ante la Justicia Electoral.
Las reclamaciones sobre candidaturas a cargos nacionalesy departamentales deber?n presentarse ante los Tribunales Electoralesrespectivos; las reclamaciones sobre candidaturas acargos municipales deber?n presentarse ante los Juzgados Electoralescorrespondientes.”
Ley 635/95 del 22 de agosto de 1995 que reglamenta laJusticia Electoral
Art. 9:
1) “En cada circunscripci?n judicial de laRepública funcionar? un Tribunal Electoral integrado por tres miembrosdesignados de conformidad con la Ley.”