Who may file a complaint?
Venezuela
Ley Orgánica de Procesos Electorales, adoptada el 12 deagosto de 2009
Art. 65:
“Contra la Resoluci?n de la Junta NacionalElectoral y de los organismos electorales subalternos que admita, rechace otenga como no presentada una postulaci?n, losinteresados o las interesadas podr?n interponer recurso contrapostulaciones ante el Consejo Nacional Electoral, dentro de los cinco d?ascontinuos siguientes a la publicaci?n de la decisi?n en la cartelera electoraldel respectivo organismo electoral.
En caso de que los interesados o lasinteresadas residan en el interior del pa?s, el recurso contra postulacionespodr? ser interpuesto ante el mismo organismo electoral que lo dict?, el cualdeber? remitirlo en un plazo no mayor de veinticuatro horas al Consejo NacionalElectoral.
La negativa a recibir la impugnaci?n o elretardo en la remisi?n de ?ste se considerar? falta grave del funcionario ofuncionaria electoral.”