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Dominican Republic

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Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, N?m. 29-11del 18 de enero de 2011

 

Art. 26:

“El plazo y la forma para apelar ante el Tribunal Superior Electoral las decisiones de las juntaselectorales, en los casos que proceda, ser? dispuesto por el Reglamento deProcedimientos Contenciosos Electorales, nopudiendo superar las cuarenta y ocho horas cuando se trate de una demandaen anulaci?n del resultado de un colegio electoral.”

 

Source: http://www.comisionadodejusticia.gob.do/phocadownload/Actualizaciones/DESCARGAS/LEYES/ley%20no%2029-11%20organica%20del%20tribulnal%20electoral.pdf

 

Resoluci?n N?m. 003-2012 del 16 de abril de 2012 queestablece el procedimiento en materia contenciosa electoral

 

Art. 19:

“Cuando una de las partes que intervienen en unproceso no est? conforme con la decisi?n emanada de las Juntas Electorales o delas Oficinas de Coordinaci?n de Log?stica Electoral en el Exterior (OCLEE),podr? recurrir en apelaci?n ante el Tribunal Superior Electoral, medianteinstancia depositada en la Junta Electoral o la OCLEE de donde eman? la decisi?nrecurrida, en un plazo que no exceda las48 horas a partir de la notificaci?n de la decisi?n.”

 

Source: http://ojd.org.do/Normativas/ELECTORAL/Resolucion/Resolucion%20003-2012%20sobre%20procedimiento%20en%20materia%20contencioso%20electoral%20para%20las%20elecciones%20de%202012.pdf
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