Number of levels of adjudication
Nicaragua
Constitución política de la República de Nicaragua Aprobada el 21 de Enerode 1948 con reformas incorporadas
Art. 173:
“El ConsejoSupremo Electoral tiene las siguientes atribuciones:
5) Conocer y resolver en ?ltima instancia de las resoluciones que dicten los organismoselectorales subordinados y de las reclamaciones e impugnaciones que presentenlos partidos políticos.
De las resoluciones del Consejo Supremo en materia electoral no habr?recurso alguno ordinario ni extraordinario.”
Source: http://www.asamblea.gob.ni/wp-content/uploads/2012/06/Constitucion.pdf
Texto de ley electoral con reformas incorporadas, aprobado el 26 de Mayo de2012
Art. 85:
1) “Una vez finalizado el per?odo de inscripci?n, elConsejo Supremo Electoral inscribir? y registrar? de manera definitiva a loscandidatos y publicar? las listas de estos en los principales medios decomunicaci?n escritos una sola vez con el fin de que las organizacionespolíticas participantes en el proceso electoral puedan impugnar dentro deltercero d?a dichas candidaturas. Una vez transcurrido el t?rmino y no seinterpusiese recurso alguno o habi?ndose interpuesto fuere resuelto, el ConsejoSupremo Electoral mandar? a publicarla lista definitiva de candidatos en La Gaceta, Diario Oficial, y en diarios decirculaci?n nacional.”