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Paraguay

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Ley No 834/96 del 17 de abril de 1996 que establece elCódigo Electoral Paraguayo, con las modificaciones aportadas por la Ley No4.743/12

 

Art. 165:

“Las tachas e impugnaciones de candidaturasdeber?n presentarse dentro del plazoestablecido en el art?culo 159 de este Código. Dentro de ese lapso lospartidos, movimientos políticos y alianzas pueden tachar a un candidato porcarecer del derecho de sufragio pasivo o impugnar los procedimientos de suinscripci?n ante la Justicia Electoral.

Las reclamaciones sobre candidaturas a cargosnacionales y departamentales deber?n presentarse ante los TribunalesElectorales respectivos; las reclamaciones sobre candidaturas a cargos municipalesdeber?n presentarse ante los Juzgados Electorales correspondientes.”

 

Art. 159:

“Recibida la presentaci?n de candidaturas, sedar? constancia de la recepci?n de la documentaci?n y, toda ella, se pondr? demanifiesto en Secretar?a por el t?rminode cinco d?as corridos a los efectos de las tachas o impugnaciones.”

 

Art. 167:

“De las tachas e impugnaciones deducidas secorrer? traslado al apoderado del partido, movimiento pol?tico o alianza encuesti?n por el plazo previsto en la leyprocesal respectiva, a fin de que conteste o subsane las objecionesformuladas.”

 

Art. 169:

“Trat?ndose de tachas o impugnacionesajustadas a derecho, la Justicia Electoral dentrode los tres d?as dictar? Resoluci?n haciendo lugar o rechazando lasobjeciones.”

 

Source: http://www.semillas.org.py/wp-content/uploads/2013/03/Texto-C%C3%B3digo-Electoral-con-Ley-de-Financiamiento-compilado.pdf

 

Ley 635/95 del 22 de agosto de 1995 que reglamenta laJusticia Electoral

 

Art. 49:

“En los casos en que la acci?n versare sobrela impugnaci?n de candidaturas o la nulidad de elecciones, o que por lanaturaleza de la cuesti?n resultare evidente que deba tramitarse de modourgente y siempre que no se halle previsto un procedimiento propio, seaplicar?n las reglas del proceso de conocimiento sumario previsto en el códigoprocesal c?vico, con las siguientes modificaciones:

c) El plazo para contestar la demanda o lareconvenci?n ser? de tres d?as;

h) Contestada la demanda o la reconvenci?n seproducir?n las pruebas ofrecidas por las partes, a cuyo efecto el tribunal fijara audiencia dentro de los cinco d?as y dictar? lasprovidencias necesarias para la recepciones de todas ellas en esa oportunidad;”

 

Art. 56:

“El plazo para apelar ser? de tres d?as parala sentencia definitiva,

y de 48horas para las otras resoluciones.”

 

Source: http://www.tsje.gov.py/legislacion/635.htm
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Any complaints regarding the registration ofcandidates can be filed within five (5) days from the publication of thecandidate lists. Then, the interested parties shall be given three (3) days toreply to the allegations included in the complaint. The Electoral Tribunalshall fix a hearing within five (5) days and issue a decision within three (3)days. This decision can be appealed before the Superior Court of ElectoralJustice within 48 hours. The Superior Court of Electoral Justice shall followthe same timeframe with regard to the right of the parties to reply and beheard.

See also the EU FinalReport on the 2013 general elections in Paraguay, p. 19: http://www.eueom.eu/files/pressreleases/other/informe-final-paraguay-2013_es.pdf
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