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Uruguay

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Answer
No
Source

Ley de elecciones no 7.812 de 16 de enero de 1925,modificada por la ley n? 17.113, de 9 de junio de 1999 y por ley 17.239 de 2 demayo de 2000

 

Art. 161:

“De los procedimientos y actos de competenciaoriginaria de la Corte Electoral en materia eleccionaria, se podr? pedirreposici?n dentro de los tres d?as perentorios de su publicaci?n.

La resoluci?n que recaiga no admitir? ulterior recurso.”

 

Source: http://www.corteelectoral.gub.uy/gxpsites/page.aspx?3,27,268,O,S,0
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