31. What are the provisions on 'ear marking' direct public funding to political parties (how it should be used)?
Venezuela
(...) No se permitirá el financiamiento de las asociaciones con fines políticos con fondos provenientes del Estado.
Fuente: Artículo 67, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
(...) se circunscribe a la imposibilidad de aportar fondos a los gastos corrientes e internos de las distintas formas de asociaciones políticas, pero (...) dicha limitación, no resulta extensiva a la campaña electoral, como etapa fundamental del proceso electoral
Fuente: Sala Constitucional, Tribunal Supremo de Justicia. Sentencia N ° 780, Expediente N ° 06-0785. 08/05/2008
concluyó en la mencionada distinción, de que una cosa es que el Estado financie “los gastos corrientes e internos” de los partidos políticos y otra cosa es que financie “sus campañas electorales,” deduciendo sin fundamento alguno que lo que la Constitución prohíbe es lo primero y no lo segundo.
Fuente: Brewer-Carías, Allan R. El juez constitucional como constituyente: El caso de las elecciones electorales de los partidos políticos en Venezuela. (2009)
The Supreme Tribunal of Justice, through a ruling, allowed the use of public resources in electoral campaigns, but did not determine the manner in which they should be used. This, despite being contrary to what is provided in the Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela.