39. Are there limits on the amount a political party can spend?
Colombia
“ARTICULO 109. […] También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley.”
Source: Artículo 109, Constitución Política de Colombia, 1991.
“ARTÍCULO 24. LÍMITES AL MONTO DE GASTOS. Los límites de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular serán fijados por el Consejo Nacional Electoral en el mes de enero de cada año, teniendo en cuenta los costos reales de las campañas, el correspondiente censo electoral y la apropiación presupuestal para la financiación estatal de las mismas.
[…]
El Consejo Nacional Electoral señalará, adicionalmente, el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en la campaña electoral institucional a favor de sus candidatos o listas.”
Source: Artículo 24, Ley 1475, por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones, 2011.
The article 109 of the Colombian Constitution specify that the amount of expenditure on all political organizations is limited for political parties, movements or significant groups of citizens and candidates. Law 1475 gives the responsibility to the National Electoral Council to indicate the maximum amount that each party can invest in campaigns on favor of its candidates or lists.