42. If there are limits on the amount a candidate can spend, what is the limit?

Colombia

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Non-presidential elections:

“ARTÍCULO 24. LÍMITES AL MONTO DE GASTOS. […]

El monto máximo de gastos se fijará por cada candidato a cargo uninominal o por lista de candidatos a corporaciones de elección popular. En el caso de listas con voto preferente el monto máximo de gastos por cada uno de los integrantes de la lista será el resultado de dividir el monto máximo de gastos de la lista por el número de candidatos inscritos. El Consejo Nacional Electoral señalará, adicionalmente, el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en la campaña electoral institucional a favor de sus candidatos o listas.”

Source: Artículo 24, Ley 1475, por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones, 2011.

 

Presitential Elections:       

“ARTÍCULO 13. Los valores señalados en pesos en la presente ley, se reajustarán anualmente de acuerdo con el aumento del índice de precios al consumidor certificado por el departamento administrativo nacional de estadística, dane.”

Source: Artículo 13, Ley 996, por medio de la cual se reglamenta la elección de presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones, 2005.

Comment

Limits are set for each candidate to uninominal election or by the list of candidates to corporations.

The maximum amount of expenses for each one of the members of the list will be the result of dividing the maximum amount per list by the number of registered candidates in it.

For all the elctoral processes includiing the presidential elections limits must be adjusted annually taking into reference the consumer price index.

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