51. Is information in reports from political parties and/or candidates to be made public?
Ecuador
Ley orgánica electoral y de organizaciones políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia (April 2009)
Art. 211.- 'El Consejo Nacional Electoral publicara durante y después del proceso electoral, toda la informacion relativa al financiamiento y gasto de los sujetos politicos, a través de la pagina oficial de internet del Consejo Nacional Electoral, que permita la consulta y supervision oportuna por parte de la ciudadania.'
Art. 212.- 'La informacion relativa a la rendicion de cuentas sobre el monto, origen y destino de los gastos electorales sera publica.'
Art. 359.- 'Todos los ingresos deberan ser debidamente registrados en la contabilidad y publicados en la pagina web de la respectiva organizacion, de todas las organizaciones que formen una alianza o en la pagina web del Consejo Nacional Electoral.'
Art. 369.- 'El Consejo Nacional Electoral publicara los informes presentados y el resultado de su dictamen en su pagina WEB.'