14. Is there a limit on the amount a donor can contribute to a political party during a non-election specific period?
Peru
Artículo 30, Ley de Organizaciones Políticas LEY Nº 28094, 2017
Artículo 30. Financiamiento privado
Las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes de la financiación privada, mediante:
a) Las cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural o persona jurídica extranjera sin fines de lucro, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito, que no superen las ciento veinte (120) Unidades Impositivas Tributarias al año, las mismas que deben constar en el recibo de aportación correspondiente.