19. If there is a limit on the amount a donor can contribute to a candidate, what is the limit?
Peru
Artículo 30-A, Ley de Organizaciones Políticas LEY Nº 28094, 2017
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This limit is set per each electoral process.
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Artículo 30-A. Aportes para candidaturas distintas a la presidencial
Cada aporte en efectivo o en especie que recibe el candidato para una campaña electoral, en el caso de elecciones congresales, regionales, municipales y para el Parlamento Andino, de cualquier persona natural o jurídica, no debe exceder de las sesenta (60) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por aportante. Las organizaciones políticas adoptan las medidas necesarias para el cumplimiento de esta disposición.