24. Is there a ban on political parties taking loans in relation to election campaigns?
Uruguay
Circular Nº 10878;
Artículo 14°: (Contribuciones o donaciones prohibidas para las campañas electorales) Los partidos políticos o sus sectores internos o sus agrupaciones o listas de candidatos, para sus campañas electorales, no podrán aceptar directa o indirectamente:
A) Contribuciones o donaciones anónimas, salvo por los montos y demás condiciones establecidas en el artículo 4° de esta reglamentación.
B) Contribuciones o donaciones de organizaciones delictivas o asociaciones ilícitas, declaradas tales por ley (Art.39 de la Constitución de la República).
C) Contribuciones o donaciones de empresas concesionarias o adjudicatarias de obras públicas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5° de esta reglamentación.
D) Contribuciones o donaciones de asociaciones profesionales, gremiales, sindicales o laborales de cualquier tipo.
E) Contribuciones o donaciones de gobiernos, entidades extranjeras o fundaciones.
F) Contribuciones o donaciones de personas en situación desubordinación administrativa o relación de dependencia que se realicen por imposición o abuso de su superioridad jerárquica.
G) Contribuciones o donaciones provenientes de personas públicas no estatales.